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Accidentes

Accidentes de tráfico | Atropellos | Daños personales | Daños materiales| Indemnización por siniestro | Informes periciales | Peritajes | Informe biomecánico

Tras sufrir un accidente, es importante contactar lo antes posible con un abogado especializado en accidentes de tráfico, independiente y sin ningún vínculo con las compañías de seguros, con la finalidad de asegurarse que durante la reclamación de su indemnización no va existir ningún conflicto de intereses entre el asegurado y su compañía, ni va a verse tampoco perjudicado por hipotéticos acuerdos entre su compañía de seguros y la compañía de seguros responsable del accidente.

Los honorarios profesionales de abogado, y en su caso, de los procuradores que deban intervenir en la reclamación de la indemnización, en la mayoría de los casos son asumidos en todo o en parte por su propia compañía de seguros del perjudicado, en base a la cobertura de defensa jurídica incluida en su póliza. Por ello, tiene especial relevancia conocer el detalle de dicha cobertura de defensa jurídica, y cuales son las cuantías aseguradas por tal concepto.

Tramitamos su indemnización

En el caso de que haya sufrido un accidente de tráfico, ya sea como ocupante del vehículo responsable, como conductor u ocupante del vehículo inocente, o como peatón, póngase en contacto con nosotros.

Somos abogados especialistas en accidentes de trafico en Barcelona y le resolvemos:

  • Daños personales. Lesiones temporales, días de perjuicio personal y secuelas (lesiones permanentes).
  • Daños materiales (del vehículo, de la carga y objetos transportados, ropa, cascos, móviles, etc.)
  • Gastos derivados del accidente (farmacéuticos, de rehabilitación, desplazamientos, etc.)
  • Daño emergente y lucro cesante.
  • Máxima indemnización. Defensa jurídica independiente, sin vínculos con compañías de seguros.
  • Sin provisiones de fondos. Facturaremos nuestros servicios cuando usted cobre su indemnización.

¿Cómo reclamar su indemnización?

Dirigiendo, a través de nuestros abogados especializados en accidentes de tráfico, una reclamación a la compañía aseguradora del vehículo responsable, acompañada de la documentación disponible (Atestado, Declaración Amistosa de Accidente, informes médicos, partes de baja y confirmación, gastos médicos, etc).

Cuando la compañía aseguradora reciba la documentación del accidente, se pondrá en contacto con los lesionados al efecto de que sean visitados por sus equipos médicos, ya sea a través de visitas al domicilio del lesionado o en clínicas colaboradoras, al efecto de valorar las lesiones.

Posteriormente, dentro del plazo de tres meses, enviará una oferta motivada de indemnización, de forma desglosada, e incluirá el informe médico realizado por la compañía en el que se basa para proponer el cálculo de la indemnización.

En el caso de aceptar la oferta realizada por la compañía aseguradora, se hará efectiva la indemnización por daños corporales y se firmará un recibo finiquito de indemnización, renunciando el perjudicado a cualquier acción posterior de reclamación contra la compañía aseguradora por dicho concepto.

Si no se acepta la oferta motivada realizada por la compañía aseguradora, se puede acudir al Instituto de Medicina Legal para que emita un informe pericial de valoración de las lesiones sufridas. El gasto de dicho informe debe ser asumido por la compañía de seguros. Si el informe del Instituto de Medicina Legal otorga una mayor importancia a nuestras lesiones, puede intentarse nuevamente la negociación con la compañía de seguros. Si la compañía se niega a la negociación, puede acudirse a la vía judicial. En el caso de no estar conformes con el informe del Instituto de Medicina Legal, se puede acudir al informe de valoración de un perito médico independiente, a cargo del propio lesionado, y con éste último informe acudir a la vía judicial.

¿Qué puede reclamar en un accidente de tráfico?

En cuanto a los daños personales o daños corporales, según la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (nuevo baremo de indemnizaciones de accidentes de tráfico), puede reclamarse indemnización por lesiones temporales, secuelas, y muerte. Por ejemplo, una cervicalgía, politraumatismos, un perjuicio estético, etc. También se cuantifican las secuelas o lesiones permanentes, en función de los deficits causados, las edades de los perjudicados, etc.

Respecto a daños materiales, pueden reclamarse los daños producidos al vehículo, a los objetos y cargas en ellos transportados, gastos médicos y de rehabilitación, o de otra naturaleza ocasionados por motivo del accidente, por ejemplo gafas, móviles, ropa, cascos, transporte, etc.